TÉRMINOS Y CONDICIONES

 

Nuestra empresa denominada “DRIVER AGUAYO EIRL”, constituida legalmente en la Republica del Perú, cuenta con denominación de carácter comercial como: “Box el Regalo Perfecto”.

Para todos los efectos legales y contractuales, y en especial, para los efectos de los términos y condiciones presente, se comprenderá que se trata de la misma entidad comercial y en los parágrafos siguientes y clausulas, será: BOX EL REGALO PERFECTO.

El CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR de nuestra empresa BOX EL REGALO PERFECTO al contraer los servicios, ACEPTA IRREVOCABLEMENTE que se sujetarán a nuestra política de Términos y Condiciones, publicada en el sitio web de la compañía
https://www.boxcusco.com/ 

Adicionalmente, BOX EL REGALO PERFECTO se reservan el derecho de actualizar o modificar estos términos y condiciones del servicio en cualquier momento y en ese sentido se comprenderá que el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR ha aceptado tales modificaciones a los términos y condiciones. Por lo tanto, es su responsabilidad verificar los términos y condiciones periódicamente para detectar cualquier cambio.

BOX EL REGALO PERFECTO se reserva el derecho de modificar las condiciones contractuales y de negocio cuando los socios lo consideren pertinente.

BOX EL REGALO PERFECTO SE EXIME DE TODA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS EN NUESTRO BROCHURE, PAGINA WEB Y EN GENERAL DE LOS SERVICIOS ADQUIRIDOS  POR MEDIO DEL VAUCHER EN NUESTRO NEGOCIO, tal y como se explicará en las subsiguientes CLAUSULAS, las cuales, deberán ser leídas por el CLIENTE, USUARIO Y/O CONSUMIDOR, antes de la adquisición del VAUCHER.

BOX EL REGALO PERFECTO se acoge a las leyes peruanas respecto de la protección, procesamiento y manejo de los datos personales, que usted proporciona por medio de nuestros canales digitales y tenemos completa discrecionalidad en el manejo de esos datos personales.

Como CLIENTE, USUARIO Y/O CONSUMIDOR, usted acepta usar el sitio web, vaucher y brochure y en general los servicios de BOX EL REGALO PERFECTO sólo con fines legales. De ninguna manera puede incumplir cualquier ley o regulación local, nacional o internacional aplicable; tampoco con el propósito de dañar o intentar dañar a cualquier persona, empresa o entidad de cualquier manera; para socavar el propósito y la provisión de servicios y tampoco para copiar, sublicenciar, transmitir, distribuir, vender, remarcar o revender cualquier parte del sitio web.

Nuestra compañía presentará por medio de su brochure, los servicios ofrecidos y las condiciones de los mismos al CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR. No obstante, BOX EL REGALO PERFECTO no otorgará garantía ni expresa ni implícitamente respecto de la calidad del servicio, idoneidad para un propósito particular, compatibilidad, seguridad y precisión en la prestación del mismo.

Ninguno de estos términos y condiciones afectarán sus derechos legales como consumidor, ya que en todo el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR podrá recurrir o acudir a la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO.

Los usuarios de BOX EL REGALO PERFECTO entienden y acuerdan expresamente que BOX EL REGALO PERFECTO actúa como intermediario y por esta razón no ofrece ninguna garantía sobre la calidad, el tiempo, la integridad, la responsabilidad, la legalidad o cualquier otro aspecto de los materiales o servicios ofrecidos o entregados por EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO.

 

DRIVER AGUAYO EIRL es una empresa legalmente constituida en la República del Perú, con domicilio en la Ciudad de Cusco, orientada a la promoción e intermediación de la prestación de servicios, dirigida a apoyar y promocionar a pequeños empresarios de la región. DRIVER AGUAYO E.I.R.L cuena con el RUC 20606729538 y tiene dirección fiscal en Urb. Lucrepata F-9, Cusco, Cusco, Cusco.

El modelo contractual utilizado para el desarrollo del objeto social, es LA INTERMEDIACIÓN, comprendiendo que el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, adquirirá una caja de regalo y dentro de aquella caja existirá un VÁUCHER, para que el beneficiario pueda intercambiar por un servicio. El cliente encontrará también dentro de la caja un BROCHURE con todas las ofertas de LAS EMPRESAS OPERADORAS Y/O PRESTADORAS DEL SERVICIO.

La modalidad de negocio permite que CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR tenga la posibilidad de escoger una (1) de dieciocho (18) cajas (opciones) de actividades y de manera alterna, el cual se hará efectivo por medio del VÁUCHER, de regalo para el efectivo disfrute o goce de aquella actividad o servicio a quien desee, es decir, que EL CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, tendrá la libertar de escoger o seleccionar la actividad que pretenda llevar a cabo.

En ese orden de ideas, BOX EL REGALO PERFECTO, bajo ninguna circunstancia prestará ningún tipo de servicio de manera directa, sino que fungirá como INTERMEDIARIA Y/O ENLACE entre LA EMPRESA PERADORA PRESTADORA DEL SERVICIO y el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR.

Las condiciones de cada modelo contractual serán específicas, sin embargo, considerando la diversidad de actividades y servicios que ofrece nuestra compañía BOX EL REGALO PERFECTO, hemos propuesto secciones en estos términos y condiciones, lo cual, facilitará el entendimiento por parte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR.

Por lo anterior, al momento de realizar la compra de cualquiera de las nuestras cajas, (las cuales incluyen diversas actividades y servicios), de manera automática se comprenderá que mediante la figura jurídica de adhesión EL CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, acepta de manera irrevocable los términos y condiciones plasmados de manera unilateral por la compañía BOX EL REGALO PERFECTO, de igual manera, nuestra compañía se reserva el derecho a adicionar, cambiar, sustraer, y/o retirar cláusulas contractuales en los presentes términos y condiciones y de ninguna manera el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR  tendrá la capacidad de modificarles.

Teniendo en consideración lo anterior, las condiciones generales para la prestación de los servicios se delimitarán en las siguientes:

CLAUSULAS

CLAUSULA PRIMERA, EN LO RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE NUESTROS SERVICIOS.

Los servicios de nuestra empresa BOX EL REGALO PERFECTO, se podrán adquirir en todos los centros autorizados, tales como farmacias, librerías, supermercados o por medio de la página web https://www.boxcusco.com/ incluso comunicándose a nuestros números telefónicos para que el regalo perfecto elegido por parte del CLIENTE USUARIO Y/O CONSUMIDOR se disfrute por parte de la persona elegida por tal, de los servicios propuestos en las cajas.

Las cajas vendrán selladas por colores de acuerdo a la categoría que se desee por parte del CLIENTE USUARIO Y/O CONSUMIDOR dentro de ella, se encontrará el brochure con más de 20 actividades clasificadas en las 18 cajas disponibles en diversos colores, y que va a desarrollar la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO y el código del regalo para realizar el respectivo canje y disfrutarlo con quien decida. Las instrucciones se imprimirán e incluirán en la respectiva caja de regalo escogida.

El CLIENTE USUARIO Y/O CONSUMIDOR elegir el día y hora para llevar a cabo la actividad o prestación del servicio y por medio del código único, realizará el canje por la actividad y/o servicio que pretenda disfrutar.

CLAUSULA SEGUNDA, RESPECTO DEL PAGO DE SERVICIOS A LA EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO.

 La empresa BOX EL REGALO PERFECTO, realizará el pago de los servicios y/o actividades prestados al CLIENTE, CONSUMIDOR y/o USUARIO por parte de EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, con POSTERIORIDAD a la prestación del servicio.

CLAUSULA TERCERA, EN LO RELACIONADO A MENORES DE EDAD INVOLUCRADOS EN ACTIVIDADES RECREATIVAS:

Considerando que, las actividades propuestas por nuestra compañía, se encuentran dirigidas a satisfacer el disfrute y recreación de un MENOR DE EDAD. Nuestra empresa, BOX EL REGALO PERFECTO, manifiesta que bajo ninguna circunstancia será responsable de la calidad de la prestación del servicio en los centros recreativos, juegos inflables, parques infantiles y parques temáticos, por ende, tampoco será responsable de cualquier accidente y/o incidente, lesión o muerte del menor de edad, bajo ninguna calidad o circunstancia será atribuible la responsabilidad contractual y extracontractual a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, en virtud, que nuestra compañía opera como INTERMEDIADORA, entre la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO (es decir, los parques temáticos y centros recreativos) y el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR .

De igual manera, nuestra empresa BOX EL REGALO PERFECTO, se acoge a lo establecido en el libro tercero, título Capítulo I, de la ley N°. 27337, el código de niños y adolescentes del Perú, y por tanto, asume que será un deber de los PADRES, PERSONA AUTORIZADA O TUTORES LEGALMENTE RECONOCIDOS DEL MENOR, velar por su bienestar y desarrollo integral en todo momento, pero especialmente, la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, resalta la expresa calidad de garante respecto del bienestar del menor que poseen los PADRES, PERSONA AUTORIZADA O TUTORES LEGALMENTE RECONOCIDOS en razón a que todo menor de edad es absolutamente incapaz, por ende sus PADRES, PERSONA AUTORIZADA O TUTORES LEGALMENTE RECONOCIDOS, son quienes deberán actuar con debida diligencia, responsabilidad y prever todo peligro, en concordancia con su deber objetivo de cuidado, esto, independientemente de las actividades que se seleccione por parte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR.

Asimismo, sus PADRES, PERSONA AUTORIZADA O TUTORES LEGALMENTE RECONOCIDOS, serán civilmente responsables por cualquier acción dañosa con culpa, dolo o cualquier tipo de lesión que el menor de edad pueda ocasionar a otra persona en el marco del desarrollo de la actividad contratada y por ende, estarán sujetos sus PADRES, PERSONA AUTORIZADA O TUTORES LEGALMENTE RECONOCIDOS al régimen jurídico del resarcimiento y reparación por los daños que se llegasen a ocasionar.

De igual manera, los PADRES, PERSONA AUTORIZADA O TUTORES LEGALMENTE RECONOCIDOS, serán legalmente responsables de acatar todas las normas e indicaciones establecidas por la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO.

En el mismo sentido, bajo ninguna circunstancia BOX EL REGALO PERFECTO será responsable de la calidad en la prestación del servicio por parte de la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, en virtud a que se acoge al principio de buena fe y debida diligencia de toda empresa al encontrarse legalmente constituida, además la compañía deberá encontrarse inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)  y debidamente registrada ante las entidades competentes en la República del Perú y se presume cumple con todos los deberes y estándares de seguridad para la efectiva prestación del servicio y cumplir las demás normas complementarias y modificatorias y por supuesto, contar con la Licencia Municipal de Funcionamiento respectiva, o autorización del organismo regional competente.

También se deja constancia, que el servicio o actividad contratada debe ser pagada en su totalidad por parte del cliente a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, por medio de la compra del vaucher para posibilitar la prestación y/o goce efectivo del servicio o el desarrollo de la actividad y ante cualquier inconformidad será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, la llamada a resolver las mismas.

Si existiese algún tipo de desacuerdo, se pauta bajo el la presente disposición, una cláusula compromisoria para que cualquier conflicto sea resulto por medio de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias, tales como la conciliación, mediación, negociación previo acudir a un Juez de la República del Perú.  

CLAUSULA CUARTA, EN LO REFERENTE A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN RESTAURANTES, CAFETERIAS, CREPERIAS, HELADERIAS O DEMÁS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO RELACIONADOS.

El Gobierno de la República del Perú mediante el Ministerio de Comercio Exterior y de Turismo, mediante el decreto supremo No. 025-2004, el cual, establece toda la reglamentación para el funcionamiento de restaurantes en el País

En el mismo sentido, BOX EL REGALO PERFECTO, bajo ninguna circunstancia BOX EL REGALO PERFECTO será responsable de la calidad en la prestación del servicio por parte de la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, en virtud a que se acoge al principio de buena fe y debida diligencia de toda empresa al encontrarse legalmente constituida y debidamente registrada en la República del Perú, quien se presume cumple con todos los deberes y estándares de seguridad para la efectiva prestación del servicio.

Comprendiendo que el establecimiento que expende comidas y bebidas al público, debe realizar la debida prestación del servicio bajo todas las condiciones que señala el presente Reglamento y de acuerdo a las normas sanitarias correspondientes.

Las actividades de estos establecimientos comerciales, deberán encontrarse inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a que se refiere la Ley N° 26935, Ley sobre Simplificación de Procedimientos para Obtener los Registros Administrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el Inicio de las Actividades de las Empresas, normas complementarias y modificatorias, además, contar con la Licencia Municipal de Funcionamiento respectiva, o autorización del organismo regional competente, incluyendo la calificación y categorización necesaria.  

En lo concerniente a la calidad en la preparación de comidas y bebidas o en lo referente a la prestación del servicio, higiene, buena conservación del local, mobiliario y equipos, normas de seguridad vigente, utilización de alimentos e ingredientes idóneos.

Deberá considerarse, que cuando el restaurante tenga una clasificación, entiéndase tenedor (I, II, III, IV o V), debe cumplirse a cabalidad con los estándares de calidad ofrecidos y contratados por el CLIENTE con la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO y ante cualquier irregularidad o inconformidad en la prestación del servicio de alimentación o relacionados, será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO,  la responsable.

También se deja constancia, que el servicio o actividad contratada debe ser pagada en su totalidad por parte del cliente a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, por medio de la compra del vaucher para posibilitar la prestación y/o goce efectivo del servicio o el desarrollo de la actividad y ante cualquier inconformidad será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, la llamada a resolver las mismas.

Si existiese algún tipo de desacuerdo, se pauta bajo el la presente disposición, una cláusula compromisoria para que cualquier conflicto sea resulto por medio de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias, tales como la conciliación, mediación, negociación previo acudir a un Juez de la República del Perú. 

CLAUSULA QUINTA, EN LO RELATIVO A AGENCIAS DE TURISMO, TURISMO DE AVENTURA, DEPORTES, ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO, CONTRATACIÓN DE CUATRIMOTOS, PARAPENTE Y CIRCUITOS TURÍSTICOS Y ECOTURISTICOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS.

Considerando que, las actividades propuestas por nuestra compañía, se encuentran dirigidas a satisfacer el disfrute y prestación de servicios turísticos. Nuestra empresa, BOX EL REGALO PERFECTO, manifiesta que bajo ninguna circunstancia será responsable de la calidad de la prestación del servicio en lo relativo a agencias de turismo, turismo de aventura, deportes, actividades de alto riesgo, contratación de cuatrimotos, parapente, circuitos turísticos y eco-turísticos y actividades relativas , por ende, que cualquier accidente y/o incidente, lesión o muerte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, bajo ninguna calidad o circunstancia será atribuible la responsabilidad contractual y extracontractual a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, en virtud, que nuestra compañía opera como INTERMEDIADORA, entre la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO (es decir, las agencias de prestación de servicios turísticos de aventura, deportes, actividades de alto riesgo, contratación de cuatrimotos, parapente y circuitos turísticos y eco-turísticos y actividades relativas) y el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR .

La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, deberá contar con el REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE EN PERÚ y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, además de la Declaración Jurada para la inscripción en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados

De igual manera la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, se regirá, bajo las disposiciones contractuales y de responsabilidad establecidas en el Código Civil Peruano, además el establecimiento de Turismo, deberá contar con el registro ESNNA y con todas las licencias de funcionamiento necesarias, y cumplir a cabalidad con las obligaciones contenidas en la Ley Nº 29408 y sus reglamentos complementarios como el  Nº 005-2020-MINCETUR, también, cumplir con todas normas de seguridad, salubridad y todas aquellas de carácter general aprobadas por la autoridad competente que regulen su operación, contar con las condiciones mínimas de equipamiento y con el personal calificado.

Por otra parte, que la entidad Agencia de Viajes, Operadora de Turismo, Operadora de Turismo de Aventura, operadora de ecoturismo o similares, deben EN TODO CASO, contar con todos los protocolos de seguridad vigentes y directivas que aseguren la responsable prestación del servicio.

Una vez firmado el contrato de prestación de servicios entre nuestra compañía BOX EL REGALO PERFECTO y la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, se deja de presente y se manifiesta que ante un incumplimiento, o ante una defectuosa prestación del servicio, accidente, lesión, muerte y/ o indemnización, considérese que la llamada ser titular de tal responsabilidad, será bajo todas las circunstancias la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO.

Se reitera que bajo ninguna circunstancia, BOX EL REGALO PERFECTO será responsable de la calidad en la prestación del servicio por parte de la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, en virtud a que se acoge al principio de buena fe y debida diligencia de toda empresa al encontrarse legalmente constituida y debidamente registrada en la República del Perú, quien se presume cumple con todos los deberes y estándares de seguridad para la efectiva prestación del servicio.

También se deja constancia, que el servicio o actividad contratada debe ser pagada en su totalidad por parte del cliente a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, por medio de la compra del vaucher para posibilitar la prestación y/o goce efectivo del servicio o el desarrollo de la actividad y ante cualquier inconformidad será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, la llamada a resolver las mismas.

Si existiese algún tipo de desacuerdo, se pauta bajo el la presente disposición, una cláusula compromisoria para que cualquier conflicto sea resulto por medio de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias, tales como la conciliación, mediación, negociación previo acudir a un Juez de la República del Perú. 

CLAUSULA SEXTA, EN LO RELATIVO A LOS SERVICIOS DE HOTEL, HOSTAL, ALOJAMIENTO Y RELACIONADOS. 

Partiendo del hecho que, todas las actividades propuestas por nuestra compañía, se encuentran dirigidas a satisfacer el disfrute y prestación de servicios turísticos. Nuestra empresa, BOX EL REGALO PERFECTO, manifiesta que bajo ninguna circunstancia será responsable de la calidad de la prestación del servicio en lo relativo SERVICIOS DE HOTEL, HOSTAL, ALOJAMIENTO Y RELACIONADOS, ante cualquier incidente o no conformidad por parte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO será la encargada de dirigir tal controversia y por lo tanto, bajo ninguna calidad o circunstancia será atribuible la responsabilidad contractual y extracontractual a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, en virtud, que nuestra compañía opera como INTERMEDIADORA, entre la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO (es decir, entre las empresas que prestan los servicios de hotel, hostal, alojamiento y relacionados) y el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR .

La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, deberá contar con el REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE (RUC) y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, adicionalmente cumplir con la normatividad vigente establecida por el Gobierno de la República del Perú mediante el Ministerio de Comercio Exterior y de Turismo, mediante el decreto supremo N° 001-2015 y N°009-2017 junto con las normas concordantes y modificatorias que regulen y establezcan todos los requerimientos de hospedaje.

Independientemente de su clase o categoría, los establecimientos de hospedaje, durante su funcionamiento deberán mantener y contar con las condiciones de estructura, equipamiento, servicio y personal establecidos en los reglamentos del Gobierno de la República del Perú, tal infraestructura deberá contar con óptimas condiciones de conservación, presentación, funcionamiento, mantenimiento, limpieza, seguridad y accesibilidad, relevando la atención oportuna al huésped.

También se deja constancia, que el servicio o actividad contratada debe ser pagada en su totalidad por parte del cliente a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, por medio de la compra del vaucher para posibilitar la prestación y/o goce efectivo del servicio o el desarrollo de la actividad y ante cualquier inconformidad será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, la llamada a resolver las mismas.

Si existiese algún tipo de desacuerdo, se pauta bajo el la presente disposición, una cláusula compromisoria para que cualquier conflicto sea resulto por medio de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias, tales como la conciliación, mediación, negociación previo acudir a un Juez de la República del Perú. 

CLAUSULA SEPTIMA, EN LO REFERENTE A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE.

Todas las actividades propuestas por nuestra compañía, se encuentran dirigidas a satisfacer el disfrute y prestación de servicios de transporte y por tal razón, nuestra empresa, BOX EL REGALO PERFECTO, manifiesta que bajo ninguna circunstancia será responsable de la calidad de la prestación del servicio de TRANSPORTE  y ante cualquier incidente o no conformidad por parte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO será la encargada de dirigir tal controversia y por lo tanto, bajo ninguna calidad o circunstancia será atribuible la responsabilidad contractual y extracontractual a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, en virtud, que nuestra compañía opera como INTERMEDIADORA, entre la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO (es decir, entre las empresas que prestan los servicios de transporte) y el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR .

La empresa de TRANSPORTE deberá estar habilitada por el Ministerio de Transporte del Gobierno del Perú, la función principal de la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO será prestar los servicios de transporte disponiendo para ello de los vehículos necesarios y en buen estado, para cubrir las rutas previamente señaladas y contratadas por EL CLIENTE.

La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, deberá constatar que los vehículos con los cuales se presta el servicio de transporte posean toda documentación legal al día y seguros que para los efectos exige la ley; como son seguro obligatorio de accidentes de tránsito, y demás normas concordantes y modificatorias que la ley de la República del Perú exija. La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO atenderá todos los trámites a que haya lugar y resolverá todas las situaciones que lleguen a presentarse por el incumplimiento de las obligaciones legales o reglamentarias de tránsito. Bajo toda circunstancia de incumplimiento en la prestación del servicio de transporte la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, se hará responsable hasta la culminación del objeto contractual.

Señálese que la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, deberá contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y con todas las licencias de funcionamiento necesarias para asegurar la prestación efectiva del servicio y contar con todos los protocolos necesarios para evitar todo tipo de perjuicios al USUARIO Y/O CLIENTE y en TODO CASO será responsable también de la perdida y/o hurto de equipaje del CLIENTE y entiéndase que bajo ninguna circunstancia nuestra compañía BOX EL REGALO PERFECTO tendrá responsabilidad en caso de presentarse tal situación.

En casos de FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO o BOX EL REGALO PERFECTO no serán responsables ni se considerará que ha incurrido en incumplimiento de sus obligaciones por cualquier demora en la prestación de sus servicios, si se presentare durante su ejecución circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito. La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO se obliga a notificar por escrito al BOX EL REGALO PERFECTO y al CLIENTE, USUARIO Y/O CONSUMIDOR, las circunstancias que constituyan fuerza mayor o caso fortuito, u otros hechos fuera de su control, acompañando la exposición de motivos correspondientes, para efectos de debida información.

Téngase en cuenta que de presentarse algún tipo de siniestro o accidente que generé lesión temporal o permanente, grave o incluso la muerte de las personas que contratan o disfrutan del servicio de transporte, BOX EL REGALO PERFECTO, no actuará como responsable ni será vinculado a ningún proceso judicial por cuanto la calidad de nuestra compañía es fungir como intermediario.

También se deja constancia, que el servicio o actividad contratada debe ser pagada en su totalidad por parte del cliente a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, por medio de la compra del vaucher para posibilitar la prestación y/o goce efectivo del servicio o el desarrollo de la actividad y ante cualquier inconformidad será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, la llamada a resolver las mismas.

Si existiese algún tipo de desacuerdo, se pauta bajo el la presente disposición, una cláusula compromisoria para que cualquier conflicto sea resulto por medio de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias, tales como la conciliación, mediación, negociación previo acudir a un Juez de la República del Perú. 

CLAUSULA OCTAVA, CONTEMPLA LA ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS POR MEDIO DEL VAUCHER EN DIFERENTES TIENDAS Y ESTABLECIMIENTOS.

Todas las actividades propuestas por nuestra compañía, se encuentran dirigidas a satisfacer y facilitar la adquisición de productos y servicios, por tal razón, nuestra empresa, BOX EL REGALO PERFECTO, manifiesta que bajo ninguna circunstancia será responsable de la calidad de los SERVICIOS OBTENIDOS y ante cualquier incidente o no conformidad por parte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO será la encargada de dirigir tal controversia y por lo tanto, bajo ninguna calidad o circunstancia será atribuible la responsabilidad contractual y extracontractual a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, en virtud, que nuestra compañía opera como INTERMEDIADORA, entre la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO (es decir, entre las empresas que ofertaran los productos) y el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR .

La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, deberá informar al cliente todos los términos y condiciones del producto sujeto a COMPRA, y una vez se realice la efectiva entrega del producto y luego que se haya probado su correcto funcionamiento comenzará a contar el termino de garantía, el cual, generalmente la garantía es de un año. EL CLIENTE deberá considerar que la garantía no aplica si el daño al producto fue causado por un mal manejo de parte del CLIENTE, USUARIO Y/O CONSUMIDOR.

La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, deberá respetar todas las políticas de garantía y las correspondientes devoluciones de dinero si es procedente. Siempre se respetarán todos los derechos del presentes en las leyes peruanas y aplicaran todas las garantías implícitas y explicitas atendiendo a la costumbre mercantil y movimientos del mercado, siempre considerando los parámetros de responsabilidad, proporcionalidad y razonabilidad. Asimismo, deberá contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y con todas las licencias de funcionamiento necesarias siguiendo los lineamientos de la República del Perú.

Finalmente, se deja constancia que el servicio o actividad contratada debe ser pagada en su totalidad por parte del cliente a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, por medio de la compra del vaucher para posibilitar la prestación y/o goce efectivo del servicio o el desarrollo de la actividad y ante cualquier inconformidad será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, la llamada a resolver las mismas.

CLAUSULA NOVENA, ESTIPULA LO RELATIVO A SAUNA, SPA, YOGA & GUÍAS DE MEDITACIÓN

Nuestra empresa, BOX EL REGALO PERFECTO, manifiesta que bajo ninguna circunstancia será responsable de la calidad de la prestación del servicio de ESTIPULA LO RELATIVO A SAUNA, SPA, YOGA & CENTROS DE MEDITACIÓN, y ante cualquier incidente o no conformidad por parte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO será la encargada de dirigir tal controversia y por lo tanto, bajo ninguna calidad o circunstancia será atribuible la responsabilidad contractual y extracontractual a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, en virtud, que nuestra compañía opera como INTERMEDIADORA, entre la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO (es decir, entre las empresas que prestan los servicios de sauna, spa, yoga & centros de meditación y relacionados) y el CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR .

La EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO¸ deberá contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y con todas las licencias de funcionamiento además de cumplir y acatar todas las normas de seguridad y salubridad. De igual manera, los establecimientos deberán contar con todo el equipamiento, servicio y personal establecidos en los reglamentos del Gobierno de la República del Perú, y la infraestructura además, deberán contar con óptimas condiciones de conservación, presentación, funcionamiento, mantenimiento, limpieza, seguridad y accesibilidad, relevando la atención oportuna al USUARIO, CLIENTE Y/O CONSUMIDOR.

En caso de presentarse algún altercado y/o accidente, la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, bajo ninguna circunstancia, se hará responsable de los daños o lesiones ocasionadas y tampoco de las indemnizaciones a las que haya lugar, aquella responsabilidad, será atribuible bajo todas las condiciones al CLIENTE o a la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO  y si hubiese un proceso judicial o extrajudicial la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, no le corresponderá asumir ningún tipo de responsabilidad de carácter contractual o extracontractual.

También se deja constancia, que el servicio o actividad contratada debe ser pagada en su totalidad por parte del cliente a la empresa BOX EL REGALO PERFECTO, por medio de la compra del vaucher para posibilitar la prestación y/o goce efectivo del servicio o el desarrollo de la actividad y ante cualquier inconformidad será la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, la llamada a resolver las mismas.

Si existiese algún tipo de desacuerdo, se pauta bajo el la presente disposición, una cláusula compromisoria para que cualquier conflicto sea resulto por medio de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias, tales como la conciliación, mediación, negociación previo acudir a un Juez de la República del Perú. 

BOX EL REGALO PERFECTO, tampoco se hará responsable bajo ninguna circunstancia, si la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, falta a la verdad respecto de las cualificaciones requeridas para la correcta prestación del servicio por cuanto se sustenta en el principio de buena fe y confianza empresarial.

CLAUSULA DECIMA, EN RAZON A QUE EL DINERO NO SERÁ REEMBOLSABLE.

El dinero pagado por concepto de vaucher y/o prestación del servicio por parte del CLIENTE, USUARIO O CONSUMIDOR, bajo ninguna circunstancia será reembolsable, no obstante, dependiendo del caso en concreto, BOX EL REGALO PERFECTO, determinará la procedencia de tal devolución. También se deja claro, que a partir del momento en el cual, se realiza el canje del voucher, ticket o vale de compra, BAJO NINGUNA CIRCUNTANCIA, podrá reclamarle a nuestra empresa condiciones de calidad o devolución del producto, por cuanto no somos quienes proporcionamos el mismo.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA, EN LO REFERENTE A LA PUBLICIDAD DE LA EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO.

Se deja de presente, que la manera en la que se ofertan los servicios por parte de la EMPRESA DESIGNADA COMO OFERENTE DEL SERVICIO, será en su totalidad, responsabilidad de estás, por cuanto serán están empresas quienes proveerán el respectivo diseño de oferta de servicios.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA, APLICABILIDAD

Estos términos y condiciones serán aplicables a las ventas y/o negocios realizados por nuestros agentes o terceros involucrados.

CLAUSULA DECIMA TERCERA, EXCLUSIVIDAD CON EL MODELO DE NEGOCIO

La empresa oferente del servicio se abstendrá de celebrar contratos con empresas, compañías, negocios o agencias que contemplen el mismo modelo de negocio que BOX EL REGALO PERFECTO por el término de duración del presente contrato.

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